AGI, Guatemala 393, L.1. Royal decree from the Queen regarding the grant of a league of land in the Tianguecillo Valley in Guatemala to Juan Rodríguez de Palma. Dated in Medina del Campo, May 24, 1532, image 38 [transcription 38-39].

General Archive of the Indies, Seville, Section Audiencia of Guatemala 393, L.1. Royal decree from the Queen regarding the grant of a league of land in the Tianguecillo Valley in Guatemala to Juan Rodríguez de Palma. Dated in Medina del Campo, May 24, 1532, image 38 [transcription 38-39].

Juan Rodríguez de Palma, a citizen of the city of Santiago de Guatemala, asked the Crown for the privilege of a league of land for himself and his heirs in the Tianguecillo Valley. The Queen issues a Royal decree in which it is stated that Juan Rodríguez de Palma left Spain in the armada of Pedrarias Dávila [1514] and that now he has married (in Seville) and he has asked for a league of land in the Tianguecillo valley. The document gives information on the location and quality of the land and its proposed usage for agricultural pursuits and raising livestock.

 

Original in Spanish below._____________________

Archivo General de Indias, Guatemala 393, L.1. Real cédula de la Reina donde se lee que Juan Rodríguez de Palma, vecino de Guatemala, partió de España 18 años atrás en la armada de Pedrarias Dávila y que ahora se ha casado y pide una legua de tierra en el valle del Tianguecillo. Medina del Campo, 24 de mayo, 1532, imgs. 38-39.

Joan Rodriguez de Palma [en el margen]

Nuestro governador de la provincia de Guatemala Juan Rodriguez de Palma vezino de la cibdad de Santiago que es en esa provincia me hizo relacion que a mas de diez e ocho años que paso a esas partes con Pedrarias de Avila nuestro governador que fue de Tierra Firme y se allado en el descobrimiento y conquista dessa tierra y provinçia como dixo que costaba y paresçia por una probança que ante los del Nuestro Consejo de Las Yndias hizo presentaçion. E que agora el bino desa provinçia a estos nuestros Reynos a se casar como lo ha fecho y quiere llebar su muger alla con proposito de bibir e permanseçer en ella e me suplico e pedio por merced que en renumeraçion de sus servicios atentas las dichas causas fuese servida de le hazer merçed de una legua de tierra para el e para sus herederos en el valle que se dize del Tianguezillo que es a dos leguas de la dicha cibdad de Santiago, que comiençe del primer arroyo pasado el puerto desde el camino Real sobre la mano derecha camino de un pinarejo? que es hazia el quinze la qual se midiese en quadra començando del arroyo para adelante para en que pudiese traher sus ganados e hazer Roças y senbrar e plantar biñas e otros arboles o como [img. 39] la mi merçed fuese.

Por ende yo vos mando que luego veays lo suso dho y sin perjuyzio de nuestra Corona Real ni de otro tercero alguno senaleys al dicho Joan Rodriguez en la dha legua de tierra que asi pide la cantidad que os paresciere que se le deve dar que siendo por vos senalado, yo por la presente le ago merced de la dicha tierra que asi le senalardes para que lo aya y goze y labre y se aproveche dello el yuso herederos y subcesores para agora e para sienpre jamas con tanto quellos o al uno dellos no lo puedan bender ni henajerar ni bendan ni enajen durante el termino de seys años primeros siguientes contados del dia que se los senalardes y conque en la dicha tierra que asi labrare y roçcaren y sembraren despues de cogido el fruto della sea pasto comun entre todos los

Appendix I

vezinos e moradores a la dicha tierra comarcanos. E no fagades ende al fecha en Medina del Campo a veynte e quatro dias del mes de mayo de mill e quinientos e treynta e dos años.

Yo la Reyna, refrendada de Samano señalada del Conde y Beltran y Juarez y Vernal y Mercado

La Reyna